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Demuelen kiosko de los Tuma en la playa, pero abogada del propietario dice que fue ilegal e interpone denuncia por robo

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Una compleja maraña judicial envuelve este caso, luego de que la municipalidad ganara un recurso de protección en la Corte de Apelaciones y la Suprema. Batalla en tribunales seguirá en el ámbito civil y penal.
Por Rodrigo Vergara

El frío calaba como un cuchillo impulsado por el fuerte viento puelche. Y el sol asomaba fulgurante, pero impotente ante un termómetro que se negaba a subir. Con todo, los funcionarios municipales que estaban dispuestos a cumplir una orden que, ellos interpretan, los facultaba judicialmente para demoler el Kiosko La Abuelita, propiedad de Elías Tuma, ubicado en el acceso a la Playa Grande de Pucón por calle Ansorena. Y que, pese a los infructuosos intentos de la abogada de Tuma,María Cristina Pavez, fue llevada finalmente con éxito porque, ya en la tarde, sólo quedaban las marcas de las paredes, algunos clavos en el suelo y una carta de naipe tirada en el piso. El kiosko ya no estaba más, aunque la batalla judicial por el tema pareciera que está lejos de terminar.

La historia del kiosko hay que buscarla en el siglo pasado. Más precisamente en la década de los 90. En esos años, el padre de Tuma, del mismo nombre que el hijo, y su esposa, Rosa Ruiz, comenzaron a trabajar en el sector. Posterior a la muerte del progenitor, la madre siguió desarrollando la actividad, principalmente, en la época estival hasta su muerte en 2011. Luego de ello, Elías Tuma hijo se hizo cargo del negocio familiar y posterior a una autorización en 2012, consiguió un denominado “permiso precario” entregado por la municipalidad en 2013. Este documento, firmado por el alcalde Carlos Barra, lo autorizaba para ocupar el la zona con una construcción de 11 metros cuadrados, por lo que Tuma debía pagar un derecho por usar el bien nacional de uso público. Esta autorización era hasta el 31 de diciembre de 2013 y luego de eso, la administración pública local decidió no renovarle el contrato.

Pero Tuma siguió trabajando igual desde 2014 hasta el año pasado. Siempre, según su abogada, pagando las patentes y todos los derechos para hacerlo. Esto, la profesional lo interpreta como un contrato de arriendo de palabra, ya que no existía una documentación que lo acreditara. De acuerdo a su interpretación, para que exista un arriendo no necesariamente debe existir un contrato.

“Todos los actos administrativos, como el permiso precario, tienen que constar por escrito por norma del procedimiento administrativo. No el arrendamiento. Se rige por las normas del derecho civil”, explica María Cristina Pavez, quien también señala que Tuma no debía dinero a la municipalidad, cosa que es negada en la administración pública local, donde señalan que la deuda de Elías Tuma por el derecho a usar el bien nacional de uso público sobrepasaba los $900 mil.
Pero el tema quiso ser zanjado de raíz por la municipalidad en Ocutubre de 2017. En esa fecha, el alcalde Barra firmó un decreto municipal de tres puntos. Básicamente solicitaba la demolición del kiosko en un plazo de 30 días con costos al propietario y requería de la fuerza pública si es que Tuma no accedía demoler la construcción.

Pero Tuma no se quedó conforme con este decreto y puso un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Temuco. Además solicitó una medida de no innovar, la que se la dieron, por lo que pudo trabajar durante la temporada de verano de 2018. Pero el recurso lo perdió en la Corte, ya que este tribunal entendió que no había ilegalidad en la actuación municipal, ya que —según el fallo— se presume que los actos administrativos gozan de una presunción de legalidad. En palabras simples, todo acto administrativo (como la orden de demolición de la municipalidad) se presume legal, salvo que sea declarada ilegal por la autoridad administrativa en el contexto de un proceso que busque su impugnación; o por la decisión de un juez en una resolución en la jurisdicción correspondiente. O sea, luego de una demanda por la vía civil. Ninguna de estas había sucedido hasta ese momento.

El asunto escaló a la Suprema y el máximo tribunal de la república llegó a la misma conclusión que el tribunal de alzada. Este fallo recién fue conocido el 23 de julio pasado. Así las cosas, la municipalidad entendió que todo volvía al decreto de demolición de octubre de 2017. “Dimos cumplimiento a un acto administrativo que fue discutido en los tribunales, que fue confirmado y ganado por la municipalidad de Pucón. Procedimos como ministro de fe y carabineros resguardó la integridad de los funcionarios públicos que estaban ejecutando dicho decreto”, argumenta Bhama Zúñiga, abogada de la municipalidad.

La municipalidad, además, redactó un nuevo decreto el 16 de agosto de 2018 que obligaba cumplir el que promulgó en octubre de 2017 para materializar la demolición.

 

Demanda

Pero hay más elementos jurídicos que se deben integrar. Uno de ellos es la denuncia que hizo en el juzgado civil de Pucón la abogada de Tuma. La idea, en esta oportunidad, es impugnar el fondo de la resolución administrativa de octubre de 2017 que daba luz verde a la demolición. Según la interpretación de la parte defensora de Elías Tuma, el sólo hecho de controvertir la legalidad de la resolución de la demolición de octubre de 2017, debía necesariamente, parar todo el proceso para definir el fondo del asunto. Es decir si era legal o no. Por el contrario, los representantes municipales interpretaron que, si bien fueron notificados de este última demanda, ésta no venía acompañada de alguna orden de no innovar u otra similar. Por lo tanto, podían seguir con el desalojo. Y lo hicieron efectivo.

Así las cosas, pasado el mediodía de este lunes, el Kiosko La Abuelita ya no existía en los hechos y en su lugar sólo quedaba un espacio y algunas muestras de que alguna vez el inmueble estuvo ahí. Pero el tema judicial probablemente no terminará acá. A la demanda que se ventila en el tribunal civil, se debe agregar una nueva arista, pero en el ámbito de lo penal. Esto, porque la abogada María Cristina Pavez hizo una denuncia por robo y allanamiento ilegal. “Don Elías Tuma hizo una denuncia por robo. Por allanamiento y descerrajamiento sin autorización del ente pertinente. Y además se hizo por apropiación indebida de las cosas que estaban adentro del local, porque no hubo un ministro de fe que acompañara la diligencia. Ellos allanaron y descerrajaron sin ningún procedimiento legal que existe para este tipo de casos”, señala.

Desde la municipalidad dicen que todo el procedimiento se hizo conforme a derecho. Y que las pertenencias de Elías Tuma están todas inventariadas en las bodegas municipales. “Las cosas se retiraron con cuidado, se contabilizaron y se hizo un inventario. Están en un recinto municipal a disposición del señor Tuma”, comenta Bhama Zúñiga, quien agrega: “Si (Tuma) hizo una denuncia por robo, estimo que no tiene mucho asidero porque nadie ha robado nada. Estábamos dando cumplimiento a un acto administrativo que fue discutido en los tribunales que fue confirmado y ganado por la municipalidad de Pucón”.

Así las cosas y pese a que el kiosko ya no está, la historia pareciera no tener un final muy pronto. Al menos en los tribunales.

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