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Tribunal Ambiental: vía videoconferencia alegaron por escombrera de Palguín Bajo

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Reclamantes solicitaron invalidar la autorización, porque el proyecto no fue sometido a Consulta Indígena; mientras que la autoridad sanitaria rechazó la solicitud de invalidación y adujo que la Consulta Indígena no era procedente.

COMUNIDAD.- Una de las mayores complicaciones de la escombrera es que se encuentra a pocos metros un sitio ceremonial mapuche.

El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, realizó este jueves la primera audiencia a través de videoconferencia, a raíz de los protocolos adoptados por la Alerta Sanitaria que rige a nivel nacional.

En la oportunidad, los Ministros Sr. Iván Hunter Ampuero; Sra. Sibel Villalobos Volpi y Sr. Jorge Retamal Valenzuela; escucharon los alegatos en la reclamación interpuesta por miembros de comunidades indígenas del sector Palguín Bajo de Pucón en contra de la resolución de la Autoridad Sanitaria de la Región de La Araucanía, que rechazó invalidar la autorización otorgada a una escombrera en dicho sector.

Según los reclamantes, el proyecto se encuentra en terrenos pertenecientes a la comunidad indígena Palguín Bajo; aproximadamente a 200 metros de la Pampa Sagrada de dicha comunidad y a 550 metros del Cementerio Indígena “Alhue Mapu”.

Por ello, sostuvieron que el Estado tenía la obligación de realizar una Consulta Indígena, ya que la autorización tenía susceptibilidad de afectar a pueblos originarios. De acuerdo a los reclamantes, la escombrera ha afectado a las comunidades que viven en las inmediaciones del proyecto, debido a que se han acumulado residuos diferentes a los autorizados, lo que ha generado la presencia de aves carroñeras, malos olores y acumulación de aguas estancadas. 

Por su parte, la autoridad sanitaria alegó que el proyecto no requería someterse a Consulta Indígena antes de otorgarle el permiso, ya que al momento de su aprobación no existían antecedentes de afectación directa en las comunidades aledañas, de tal magnitud que requirieran la aplicación del instrumento.

Según la Seremi de Salud de La Araucanía, la autorización para el proyecto de escombrera solo contemplaba elementos inertes, mayoritariamente residuos de la construcción  y la presencia de residuos distintos a los aprobados obedece a que terceros van a botar basura sin autorización. Tras la audiencia, el Tribunal dejó la causa en acuerdo y designó al Ministro Sr. Hunter como redactor de la sentencia.

A la fecha, el Tribunal Ambiental de Valdivia ha fijado otras cuatro audiencias para el mes de abril, las que también se realizarán vía videoconferencia, permitiendo de esa forma mantener el servicio de justicia en toda la macrozona.

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