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Defensa de J. A. Ulloa pone recurso de protección para que la municipalidad vuelva a pagarle

- La Corte de Apelaciones de Temuco definirá si acoge la solicitud y resuelve si el no cancelarle el sueldo al suspendido y también imputado por la Justicia jefe de Rentas y Patentes municipales es un acto ajustado a Derecho. Documento acusa que el sumario administrativo está sin un fiscal a cargo.
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A fines de marzo se conoció que la municipalidad local había definido bloquear el sueldo al suspendido, imputado y con arresto domiciliario jefe de Rentas y Patentes, Juan Antonio Ulloa. Este último se encuentra formalizado por delitos ligados a la corrupción pública (fraude al fisco y tráfico de influencias) y también en medio de un sumario administrativo en el que está suspendido de sus labores profesionales. Pero la defensa de Ulloa fue a la Corte de Apelaciones de Temuco con un recurso de protección. Esto, porque consideran que se vulnera su presunción de inocencia al no pagarle sus remuneraciones. Y esto, porque no hay condena en su contra y porque el sumarió, según el recurso, está inactivo a la espera de nombrar un fiscal.
“Existe por los mismos hechos (de la formalización) un sumario administrativo de fecha 12 de agosto de 2024, por el cual, se decretó ‘suspensión de funciones con goce de sueldo’ con fecha 12 de agosto de 2024. Se designó como actuario a doña Analía Martín Muñoz. Y se designó como Fiscal a don Ricardo Hidalgo Llanquileo, quien fue despedido. Posterior a ello, se designó a don Claudio Painepán, quién decidió recusarse. Actualmente no se me ha notificado de la designación de otro fiscal, aun a 8 meses de la suspensión”, se lee en el recurso redactado por el abogado Hernán Felipe Valenzuela.
Más abajo en el recurso se agrega: “Mi representado se ha mantenido suspendido de sus funciones por al menos 8 meses, sin un sumario administrativo previo, sin un fiscal a cargo de la indagatoria o investigación. Y, pese a todas las faltas administrativas, luego de la audiencia de formalización donde se le impusieron medidas cautelares se le notifica por vía telefónica que su sueldo se encontraba suspendido”.
Según el recurso, el decreto de suspensión de sueldo vulnera una serie de derechos consagrados en la Constitución en favor de Ulloa. “La conducta ilegal y arbitraria a que se ha hecho referencia, priva a mi representado de ejercer los derechos que emanan de su derecho de propiedad sobre su remuneración, afectándose de este modo garantías constitucionales, lo que configura las hipótesis y motivos que autorizan la procedencia del presente recurso de protección contemplados en la Constitución Política de la república en el artículo 20”, se lee en el texto, en el que luego se agrega: “Una conducta arbitraria significa que lo obrado, o en este caso es ‘contrario a la justicia, injusto, irracional, prejuiciado, desproporcionado para el fin querido, guiado o movido por el capricho o la inquina, el favoritismo o la odiosidad, todo en desmedro del valor de la justicia y de la equidad’”.
El recurso que, entre otras cosas pone como ejemplo el caso del diputado Mauricio Ojeda, quien pese a estar en prisión preventiva sigue recibiendo su dieta parlamentaria, pide que se ponga fin a la suspensión del sueldo en contra de Ulloa.