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Fallo de la Corte abre la puerta para que vuelvan los funcionarios que fueron sacados por decreto

- Tribunal de alzada ordena a la municipalidad reintegrar al exjefe de prensa de la administración Barra; el periodista Carlos Inostroza.
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En los hechos fue una de las primeras polémicas gruesas de la nueva administración municipal. Se trata del decreto firmado a los pocos días de asumir la alcaldía Sebastián Álvarez; el que dejaba sin efecto un documento similar promulgado por el anterior jefe municipal, Carlos Barra, días antes de irse y que le renovaba a 85 funcionarios en la modalidad de contrata su estadía en la administración pública local por todo el 2025. La acción administrativa, rubricada por el actual Administrador municipal, Francisco Torres, quien actuó como alcalde subrogante, de esos 85 trabajadores dejó fuera a 18 funcionarios, varios de ellos, cercanos al anterior líder puconino.
Pero algunos de ellos recurrieron con un recurso de protección y este fin de semana se conoció el primer resultado. Se trata de la resolución que beneficia al anterior jefe de prensa de la municipalidad, Carlos Inostroza, quien; según la Corte de Apelaciones de Temuco, debe volver a la administración pública local para retomar sus funciones. Así al menos lo establece el fallo conocido el pasado viernes 25 de julio y que, de establecerse jurisprudencia en el tribunal de alzada, abre la puerta para los otros funcionarios que recurrieron en protección.
En los hechos, en el punto tres del fallo favorable a Inostroza se establece que el decreto firmado por Barra fue ajustado a derecho. “Que dicho decreto fue válidamente dictado por la autoridad competente, dentro de sus atribuciones y antes de cesar en su mandato, formando parte del proceso regular de renovación anual de funcionarios a contrata. No se alega en autos que dicho acto hubiese sido emitido en contravención a disposiciones legales, presupuestarias o reglamentarias, ni que la persona designada careciera de los requisitos para el cargo”, se lee en el fallo, el que agrega que el mencionado decreto de prórroga firmado por Barra estableció “derechos plenos” en los funcionarios mencionados.
En el punto quinto del fallo, incluso, el fallo señala que para dejar sin efecto un decreto solo debe hacerse bajo la instancia normada de la “invalidación”, la cual tiene exigencias legales relacionadas a un “debido proceso”. Cosa que en este caso no se hizo, ya que fue una simple “revocación”.
En el mismo sentido, la Corte señala que la medida tomada por la administración Álvarez es “ilegal” y “arbitraria”: “En tales circunstancias, la medida adoptada por la autoridad recurrida resulta ilegal y arbitraria, en cuanto afecta una situación jurídica consolidada, privando al recurrente de su legítimo derecho a continuar ejerciendo funciones durante el período para el cual fue legalmente nombrado, sin mediar procedimiento legal que lo autorice ni fundamentos de hecho o derecho que la sustenten adecuadamente”. En los hechos, la Corte establece que el decreto firmado por Francisco Torres “carece de validez jurídica”.
En el mismo sentido, la Corte ordena que el funcionario sea reintegrado (probablemente se presente a trabajar este lunes) y se le paguen los sueldos adeudados desde el 1 de enero de 2025 hasta que se haga efectivo su reingreso. Por ahora resta saber si la municipalidad subirá el caso a la Corte Suprema para un pronunciamiento definitivo o simplemente acatará y reintegrará a Inostroza y a todos aquellos que la Corte pueda, posteriormente, favorecer con un fallo similar.