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Corte acoge recurso en contra de Altos del Trancura y dice que accionar de la empresa “carece de toda racionalidad”
Defensor de la compañía señala que fallo es una “victoria pírrica” para los denunciantes, ya que si se cumplen con todos los requerimientos de los organismos correspondientes el proyecto inmobiliario que pretende lotear 269 parcelas en un terreno que incluye, entre otras cosas, una laguna artificial, tendrá luz verde.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso interpuesto por la municipalidad y la Asociación de Guías de Rafting de Pucón, en contra del proyecto inmobiliario Altos del Trancura. Y con esto, la empresa Inversiones Santa Amalia, controladora del loteo, suma una nueva resolución adversa; la que se suma a la del Juzgado de Policía Local de Pucón (actualmente en apelación), que la obliga a pagar $121 millones por la tala ilegal de árboles; y a la de la Superintendencia de Media Ambiente (SMA), organismo que levantó cargos porque consideró que la compañía buscó eludir el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Y pese a que el recurso sólo le impide a Santa Amalia trabajar sin los permisos administrativos de los organismos sectoriales correspondientes (como el sistema de Evaluación de Impacto Ambiental o la Dirección General de Aguas); los argumentos de los ministros son contundentes en torno a las acciones de Santa Amalia, compañía que pretende levantar en el lugar un loteo con 269 parcelas urbanizadas en un terreno de 142 hectáreas, además de una laguna artificial de una hectáreas, cuatro piscinas, un camino principal, club house y helipuerto. El problema fue que todo esto partió sin las autorizaciones de los organismos ambientales correspondientes y desde la compañía argumentaron desconocimiento, ya que no era usual hacerlo para proyectos de este tipo en la zona. El caso se hizo masivo cuando un guía de rafting tomó imágenes de una tala de árboles en la zona del salto del Marimán y las viralizó a través de redes sociales.
Así las cosas, la resolución de los ministros de la Corte de Temuco califica la acción de la empresa en Altos Trancura como “ilegal”, “arbitraria” y “carente de toda racionalidad” al haber talado el bosque nativo sin la autorización efectiva de los organismos correspondientes. “Que, al obrar la recurrida sin las correspondientes autorizaciones legales, ha incurrido en una acción claramente ilegal, que además es arbitraria, ya que carece de toda racionalidad, al no tener justificación alguna que avale dicho proceder, lesionando con esta conducta el derecho de los recurrentes garantizado por nuestra Carta Fundamental en el artículo 19, N°8, esto es, a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, de manera que el recurso de protección interpuesto ha de ser acogido”, se lee en el fallo que fue alegado pro bono por la abogada Bhama Zúñiga.
En rigor, el fallo es concluyente y reconoce tres elementos: que se talaron árboles nativos sin un plan de manejo efectivo, que se intervino el curso del Río Trancura y se construyeron caminos. Todo sin las autorizaciones de los organismos competentes previos.
Edmundo Figueroa, abogado de Santa Amalia, plantea que el ganar el recurso es una “victoria pírrica”. “El tema se está discutiendo, a nivel de la Superintendencia de Medio Ambiente. Con tramitación pendiente y el acoger el recurso de protección no agrega ni elimina requisito alguno al proyecto. Por eso, en cierta medida es una victoria ‘pírrica’.
Lo específico se está discutiendo respecto a Conaf, DGA y a la Superintendencia de Medio Ambiente y ellos tiene sus propios canales de decisión”, explica el profesional