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Caso Comité Los Colonos: fiscalía pide nulidad del juicio que absolvió a acusada por apropiación indebida

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  • El Ministerio Público, en tanto, no seguirá la persecución en contra del otro acusado en la causa, Mauricio Torres Benzi, quien quedó absuelto y con la sentencia firme. La defensa de este último calificó de “injusto” el proceso penal que se le siguió. 

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Admisible. Así fue declarado el recurso de nulidad que Fiscalía de Alta Complejidad (Fiac) de Temuco interpuso en contra de la sentencia que absolvió de cargos a la acusada María Tonk Ramos, por el caso de una supuesta apropiación indebida de dineros del comité de vivienda Los Colonos de Pucón. Tonk era una de las dos acusados en el juicio que se desarrolló a fines de septiembre en el Tribunal Oral en Lo Penal (TOP) de Villarrica. El segundo imputado, el arquitecto Mauricio Torres Benzi, quedó con la sentencia absolutoria firme debido a que el Ministerio Público no solicitó la nulidad del juicio respecto a su participación. 

Respecto a María Tonk Ramos el fiscal de la Fiac, Carlos Cornejo, sostuvo en el recurso que el TOP de Villarrica no atendió a los “principios de la lógica” en el fallo que absolvió a la acusada de apropiación indebida de un poco más de $70 millones del comité. “Interpongo el presente recurso fundado en la causal contemplada en el artículo 374 letra e) en relación al 342 letra c) y 297 del Código Procesal Penal, por infracción específicamente a lo dispuesto en el artículo 297 en lo relativo a la obligación del tribunal de no infringir los principios de la lógica, específicamente el de la razón suficiente, al dar por establecido como un hecho la no existencia de un perjuicio económico a partir de antecedentes insuficientes para tal afirmación”, se lee en el documento.

Luego de ellos el fiscal apunta a los hechos replicados en la acusación que sustentó el juicio y en la que se esgrime, entre otras cosas, que la imputada solicitó —en su calidad de presidenta del comité— a cada familia integrante del comité la suma de $1.070.000 para tramitaciones en la compra y saneamiento de un terreno ubicado en el sector del Callejón Arriagada de Pucón. De esos dineros (casi $170 millones) la imputada transfirió $78.130.000 a la cuenta de la Constructora San Cristian (propiedad de Torres Benzi) y $20.000.000 a los dueños del terreno. El saldo (un poco más de $71 millones), según la fiscalía, fueron usados por Tonk para “fines personales”. De acuerdo a lo planteado por la fiscalía, no existe lógica en el razonamiento del tribunal en torno a la justificación del dinero que, según el ente persecutor, Tonk se habría apropiado. Por lo mismo pide que se anule el fallo y que se realice un nuevo juicio solo en contra de la mujer.

Luego de la declaración de admisibilidad, será la Corte de Apelaciones de Temuco la que estará a cargo de revisar los argumentos y definir si el juicio queda nulo (se debe realizar otro) o si la sentencia absolutoria sigue firme en relación a María Tonk.

Defensa de Torres Benzi: “Injusto proceso penal”

En tanto, la defensa del arquitecto Mauricio Torres Benzi, el segundo acusado y absuelto en el juicio, hizo llegar un amplio texto en el que representó sus descargos luego del fallo absolutorio que lo desliga de responsabilidades penales en el caso. Acusó, entre otras cosas, que fue denostado públicamente por miembros del comité que declararon en su contra en el juicio. 

“Luego de más de tres años de investigación formalizada y encontrarse sujeto a medida cautelar, el Arquitecto Sr. Torres Benzi, fue absuelto en su juicio oral, después de haber sido denostado públicamente, a través de los medios de comunicación y redes sociales, por algunos miembros del Comité que también declararon en el juicio”, se pudo leer en el documento, en el que se agregó: “​​Dada la contundencia de los argumentos de defensa vertidos por el abogado penalista Jose Ignacio Araneda Henríquez y que fueron íntegramente acogidos en el fallo absolutorio unánime dictado por el Tribunal Oral Penal de Villarrica, la Fiscalía de Alta Complejidad de La Araucanía no presentó recurso de nulidad en contra de la Sentencia Absolutoria dictada respecto del arquitecto, por lo que su absolución es definitiva y pone fin a un injusto proceso penal”.

Según el comunicado, en el tribunal se logró acreditar que el profesional sí estaba acreditado para brindar los servicios de asesorías ofrecidos: “Desestimaron la acusación, estableciendo que no hubo engaño alguno del profesional, pues sí estaba habilitado legalmente para prestar los servicios ofrecidos, así como cobrar por su ejecución, pudiendo realizar válidamente las gestiones pertinentes ante el SEA (Sistema de Evaluación Ambiental) en beneficio del Comité de Vivienda Los Colonos de Pucón”.

Metanoia TV