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Diputado Álvarez oficia a la DGA por derechos de agua en Pucón del ex director regional del organismo
Parlamentario de Evópoli reacciona a la serie de reportajes de este medio y pide que se aclare si usar información adquirida en el ejercicio del cargo no atenta contra la probidad administrativa.
El diputado de Evópoli, Sebastián Álvarez, envió un oficio de fiscalización a la Dirección General de Aguas (DGA) para que explique la situación dada a conocer en un reportaje de La Voz…, el que daba cuenta de la abultada cantidad de derechos de agua que tiene en Pucón el ex director regional del organismo, Francisco Díaz Fuenzalida.
“Según ha trascendido en medios locales de comunicación, ha sido polémica la adquisición, de un porcentaje bastante abultado, de derechos de aprovechamientos de agua no consuntivos por parte del ex director general de aguas de la Región de la Araucanía. Francisco Díaz Fuenzalida, que ejerció el cargo entre 1982 y 2004, posee actualmente, según el Registro Público de Derechos de Aprovechamientos de Agua, un 6,5% de todos los DAA de la comuna de Pucón”, se lee en el documento enviado por Álvarez al jefe nacional del organismo, Óscar Cristi.
La idea del parlamentario es que se pueda informar si usar información obtenida en el ejercicio de su cargo para beneficio propio no atenta contra la probidad administrativa: “Considerando que la primera contravención a la probidad administrativa mencionada en el art. 64 de la Ley 18.575, es: ‘Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña’, cabe preguntarse si el uso de esa información privilegiada hecha con posterioridad al ejercicio de su cargo, pero que fue obtenida anteriormente y ‘en razón de la función pública’, corresponde a una contravención a la probidad administrativa”.
El oficio termina con dos consultas realizadas por Álvarez: que se informe sobre los derechos de agua que poseen los ex directores regionales del organismo y si existe alguna normativa que prohíba o establezca conflictos de interés para que los funcionarios de la DGA obtengan derechos de agua. O, si por el contrario, existe un vacío legal al respecto.