Reportajes
“Hazme una demanda, la muni tiene mucha plata”: la historia detrás del bono de incentivo al retiro que terminó en tribunales
- Tras 33 años de servicio público, Elías Hernández obtuvo un beneficio estatal por más de $34 millones, pero terminó firmando un finiquito incompatible con ese derecho. A un poco más de dos años después de su fallecimiento, la Corte de Apelaciones acogió la acción presentada por su viuda y ordenó restituir los recursos. La municipalidad no apeló.
(Apoya el periodismo local e independiente haciéndote socio de La Voz de Pucón )
La historia de Elías Hernández Ulloa (66) podría ser la historia de cualquier funcionario público que dedicó décadas de su vida al servicio del Estado y de los contribuyentes. En su caso, fueron 33 años, luego de haber ingresado en 1993 a trabajar a la Municipalidad de Pucón. Pero los años no pasan en vano y, una vez cumplida la edad para jubilar, Elías decidió postular al denominado “bono de incentivo al retiro”. Se trata de un beneficio al que pueden optar los trabajadores del sistema público para facilitar la movilidad laboral, es decir, su salida del servicio público. Y Elías fue favorecido con este beneficio, que en su caso ascendía a cerca de $30 millones.
Sin embargo, el hombre, quien se desempeñaba en el Departamento de Educación, enfermó en el intertanto. Primero sufrió un ACV y luego un cáncer colorrectal que, finalmente, terminó costándole la vida en enero de 2024. La historia del frustrado bono quedó registrada en un recurso de protección presentado por su viuda, Nancy Henríquez (66), a principios de este año, el que fue acogido favorablemente. En los hechos, la Corte de Apelaciones obliga a la municipalidad a reintegrar el mencionado bono, que nunca recibió.
¿Pero qué pasó? ¿Dónde estuvo el problema y por qué esos $30 millones quedaron enredados en una maraña burocrática no tan sencilla de comprender? El recurso, patrocinado por el abogado Javier Méndez, entrega algunas luces. Todo partió, según el documento, cuando Hernández tuvo que interrumpir su tratamiento de quimioterapia en Talca, en julio de 2023, por una noticia que llegaba directamente desde la municipalidad: el bono había llegado.
“En julio de 2023, funcionarios del Departamento de Educación, específicamente el Sr. Nicolás Molina, jefe de personal, informaron por teléfono a la requirente (la viuda del funcionario, Nancy Henríquez, en la foto) que ‘el bono ya había llegado’ y urgieron la presencia de su marido. Don Elías viajó en estado crítico desde Talca, donde se encontraba en tratamiento para el cáncer, específicamente en quimioterapia, y concurrió al municipio, donde se le instó a firmar un finiquito, a pesar de que el proceso administrativo de la Ley 20.964 se encontraba en su etapa cúlmine”, se lee en el documento.
El recurso acusa que, una vez en las oficinas municipales, dos funcionarios (a quienes identifica) presionaron a Elías Hernández para que firmara un documento que, a la postre, resultó ser un finiquito por casi $8 millones y no el documento que acreditaba la recepción del bono de incentivo al retiro. Para aclarar, ambos documentos eran incompatibles. Es decir, o firmaba el finiquito y recibía los $7,9 millones, o firmaba la documentación correspondiente al retiro y accedía a $29,9 millones, más otros $4 millones por una subvención de escolaridad que le correspondía. En total, eran $34.006.146. Sin embargo, según el recurso, el hombre firmó bajo presión el finiquito de $7,9 millones y no pudo acceder a los $34 millones.
“Se les hizo firmar el cese bajo una causal distinta y perjudicial, incompatible con el bono mayor, según lo ha interpretado la Contraloría”, se lee en el recurso de protección, que agrega: “La irregularidad sufrida por don Elías no parece ser un hecho aislado, sino que se enmarca en un contexto de desprolijidad administrativa que ha afectado al Departamento de Educación Municipal (DAEM) desde la administración anterior”.
Pero el recurso entrega otros antecedentes que, a la luz de los hechos, parecen sacados de una mala película de enredos burocráticos: “Los fondos correspondientes al beneficio social y laboral del Sr. Hernández, como ya se ha mencionado, ingresaron efectivamente a las arcas municipales el 11 de agosto de 2023”. Es decir, el dinero ya estaba disponible, pero Elías Hernández no lo recibió. En el mismo sentido, el recurso añade: “Por otro lado, resulta absolutamente inexplicable el motivo que impulsó a los funcionarios municipales a precipitar este acto, careciendo de toda razonabilidad técnica o humana, con el único resultado de despojar a un trabajador en estado terminal de su legítimo derecho tras una vida de servicio público”.
Alcalde Barra
Erwin Hernández (48, en la foto), hijo del fallecido funcionario, cuenta detalles de lo ocurrido durante el tiempo en que golpearon distintas puertas sin ser escuchados, en lo que, a todas luces, aparece como una situación difícil de conciliar con cualquier criterio de justicia. Señala que hablaron con autoridades de la administración anterior, incluido el exalcalde Carlos Barra, quien simplemente les “recomendó” que demandaran.
“Hablamos con don Carlos Barra, pero nos ‘sacó el cuerpo’ todo el rato. Estuvimos tres veces siguiéndolo y nunca nos dijo nada. Un día lo fue a esperar a la casa y me fui hasta la muni con él. Le fui explicando todo y me dijo que no había nada que hacer, que eso estaba listo y que estaba todo bien hecho. Que no le correspondía el bono de incentivo al retiro. Yo le dije: ‘Pero mi papá tiene cáncer grado 4 y ustedes le hicieron firmar un finiquito’. Y también le dije: ‘Nosotros vamos a tener que hacerle una demanda’. Y me respondió: ‘Hazme una demanda, la muni tiene mucha plata’”, recuerda el hijo.
Según el fallo de la Corte de Apelaciones, la decisión de la municipalidad atentó contra el derecho de propiedad de la recurrente, Nancy Henríquez, y ordenó restituir los recursos, descontando de ellos el monto ya percibido por concepto de finiquito.
“La negativa al pago del bono, en estas condiciones, importa una afectación al derecho de propiedad de la recurrente sobre un crédito actualmente exigible, protegido por el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República. Asimismo, configura una vulneración a la garantía de igualdad ante la ley contemplada en el artículo 19 N° 2 de la misma Carta Fundamental, por cuanto introduce una discriminación arbitraria en perjuicio de la sucesión del causante, privándola de un beneficio que legítimamente percibieron otros funcionarios de la misma repartición que se encontraban en idéntica situación, basándose el trato diferenciado únicamente en un apresurado e irregular procedimiento municipal”, se lee en el fallo.
Municipalidad no apelará
Al consultar a la Municipalidad de Pucón por el tema, enviaron un comunicado de cuatro puntos que reproducimos íntegramente. En lo medular, anuncian que no apelarán a la resolución.
“En relación con el recurso de protección presentado contra la Municipalidad de Pucón por una diferencia respecto del pago de un finiquito y no de un ‘bono al retiro’ a un exfuncionario, esta institución aclara que”:
1.- Llevado el asunto a esta instancia, lo que se buscaba era que judicialmente se determinara si el finiquito tuvo poder liberatorio total o no para este municipio.
2.- Como resultado de ello, la Corte de Apelaciones de Temuco estableció que dicho acto tuvo un carácter restringido y, considerando el principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales en favor de la familia del exfuncionario, esta administración determinó, por razones de interés social, no perseverar en acción o apelación alguna.
3.- A partir de esta definición, esta administración municipal solicitará la restitución de los recursos comprometidos, provenientes del Ministerio de Educación.
4.- Se recalca que, en este caso, como en muchos otros, la motivación de esta institución es hacer prevalecer el imperio del derecho y, conjuntamente, el bienestar de vecinos y vecinas, expresado en este caso en la familia de un exfuncionario de esta entidad edilicia.
(Hazte miembro de nuestro canal de Whatsapp y recibe las noticias primero)


.gif)