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Minvu define mantener altas restricciones de edificación en zona del Hotel Pucón
Controversia fue zanjada con un oficio en que se afianzó la posición de directora de Obras municipal y deja el área en que se pretende construir el nuevo casino con un porcentaje de ocupación de 20% y edificios de hasta tres pisos.
El secretario regional ministerial (seremi) de Vivienda y Urbanismo (Minvu), Pablo Artigas, dio por cerrada la discusión si el área donde está emplazado el Gran Hotel Pucón tiene o no las altas restricciones que plantea el Plan regulador Comunal para áreas aledañas a la ribera del Lago Villarrica. Todo esto, en base a la controversia dada a conocer por este medio sobre si el sector donde está emplazado el hotel y en el que Enjoy planea levantar su nuevo casino está marcado como Z-3. Lo que implica que sólo se puede usar un 20% de superficie y levantar edificios de hasta tres pisos. Y la respuesta llegó a la municipalidad en el oficio número 0396 firmado por Artigas, en el que reconoce de manera oficial que la zona es Z-3 (con todas las restricciones que esto implica) y no indeterminada como el mismo Artigas lo planteó inicialmente.
El tema no es menor, ya que —de alguna forma— condiciona arquitectónicamente el proyecto que la empresa Enjoy planea levantar en esa manzana, luego de que esta compañía ganara la licitación por el casino de juegos de Pucón, la que luego fue reclamada por la competidora Dreams en un recurso que se ventila en la Corte de Apelaciones de Santiago. De hecho, este medio ya publicó que Enjoy ingresó una carpeta con el proyecto con la idea de obtener un permiso de construcción, pero que sufrió observaciones de parte de la directora de Obras Municipales, Lorena Fuentes, quien se ha mantenido en la tesis de que el área en cuestión posee las restricciones que el Plan Regulador establece para la Z-3. Así las cosas, Enjoy podría verse en la necesidad de modificar su proyecto original.
El documento, al que tuvo acceso La Voz… (click aquí para conocerlo) establece que, si bien el Plano regulador vigente fue realizado de manera artesanal y, por cierto, la zona en cuestión no estaba claramente marcada o achurada; lo que posibilitaba la libre interpretación y liberaba de las restricciones el área; la aclaración realizada por la Dirección de Desarrollo Urbano (DDU) del Minvu estableció que era necesario tomar en cuenta la memoria explicativa del plan y en ella se entendía que la zona era Z-3.
“Ahora bien, recientemente, en el mes de febrero del presente 2019, el Centro de Documentación, CEDOC del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, subió a la plataforma Observatorio Urbano la memoria del IPT (Instrumento de Planificación Territorial) de Pucón, en la cual, para la zona Z-3 se define lo siguiente: ‘Se incluyen las manzanas que enfrentan las riberas del lago, en parte de la Playa Grande y La Poza’”, se lee en el documento, el que agrega: “Frente a este escenario, existiendo una deficiente gráfica en la planimetría del IPT, la que sólo se soslaya con la definición que para esa zona de la memoria, debemos invocar el espíritu del planificador, el cual al no definir claramente en la planimetría la zonificación, lo deja entregado a la definición que para la zona Z-3 da en la memoria del IPT”.
Consultado el seremi Artigas, éste refrenda la misma posición que la planteada en el dictamen. “En una primera instancia el Ministerio se vio imposibilitado de emitir un pronunciamiento definitivo, toda vez que la planimetría resultaba evidentemente borrosa, producto de la antigüedad del Plan Regulador Comunal. Lo anterior fue ratificado por la División de Desarrollo Urbano Minvu central. Frente a este escenario, se debió invocar al espíritu del planificador, el cual al no definir claramente en la planimetría la zonificación, lo deja entregado a la definición que para la zona Z3 da en la Memoria del IPT”, explicó a La Voz….
En su parte final el documento hace referencia a los Certificados de Informes Previos (CIP) disímiles entregados por la Dirección de Obras en torno a la calificación de la calle Clemente Holzapfel. Esto último es el otro elemento relevante en el desarrollo del proyecto de Enjoy. La compañía casinera requiere que la vía sea declarada como “colectora distribuidora” debido a la carga de personas que tiene la obra (sobre 4.000). El punto es que si bien se emitió un CIP (por la directora de Obras subrogante Carla Carmona) con estas características, éste posteriormente fue enmendado (por la titular, Lorena Fuentes) en el que la vía fue catalogada como de “servicio”. Esto último complica las pretensiones de Enjoy, ya que esta última categorización sólo permite cargas ocupacionales de hasta 1.000 personas en edificios aledaños.
Con todo, Artigas solicita a la Dirección de Obras Municipales (DOM) que se defina al respecto; aunque hace un alcance: “Cabe señalar que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones mediante resolución Nº 699 exenta de fecha 12-04-2018 estableció la Red Vial Básica en la comuna de Pucón, definiendo a la vía C. Holzapfel como ‘Vía Colectora’, en el tramo Pedro de Valdivia hasta Avenida Colo Colo”. Esta última interpretación, no compartida por la directora de obras que la cataloga de acuerdo a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción como “de servicio”, favorece la posición de Enjoy.