Connect with us

Actualidad

Tribunal absuelve a Kevin Contreras por muerte del profesor Urra, pero lo condena por el manejo en estado de ebriedad

Publicado

en

Juezas señalaron que tanto la fiscalía como el querellante no pudieron demostrar la responsabilidad del acusado en la causa basal del accidente.

 

VEREDICTO.- No más de diez minutos demoró la lectura del veredicto dado a conocer en una audiencia virtual del Tribunal Oral en lo Penal de VIllarria.

La audiencia original de lectura de veredicto estaba programada para las diez de la mañana de este martes. Y desde ese punto se vio venir el futuro del proceso judicial que buscaba delimitar la responsabilidad penal de Kevin Contreras Richar, acusado por la muerte del profesor de música del Colegio Pucón, Milton Urra Liempi. Esto, porque la magistrado que presidía el tribunal, Cecilia Zapata, llamó a recalificar el delito a los intervinientes y pasar de un manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte; a solo manejo en estado de ebriedad. Y pese a que el fiscal Jorge Calderara y el abogado querellante, Luis Mencarini no accedieron a la sugerencia, una hora y media más tarde el tribunal decidió que solo se condenaría a Contreras Richar por manejar ebrio, pero no como responsable de la muerte del profesor. 

Según el veredicto leído por la jueza Ximena Saldivia, tanto el Ministerio Público como la parte querellante no lograron demostrar “más allá de toda duda razonable” que Kevin Contreras fue el causante basal de la colisión que, a la postre, le costó la vida al profesor Urra. Tampoco se logró demostrar el exceso de velocidad. Por el contrario, según el veredicto, las pruebas rendidas apuntaban al profesional fallecido como responsable del hecho por una mala maniobra realizada ese día uno de diciembre de 2020 en Camino Internacional, frente a Maderas Doble R, lugar del trágico hecho. Por lo mismo, solo se logró acreditar que el acusado conducía en estado de ebriedad y solo por ese delito se lo condenó. La pena que arriesga ahora el acusado no podría llegar a más de 300 días de presidio (probablemente remitido), 2 UTMs ($113.524) y suspensión de licencia por dos años. Lejos de los cinco años de presidio y las 10 UTMs ($567.620) solicitados por la fiscalía.

“Se ha decidido condenar al imputado por el delito de conducción de vehículo en estado de ebriedad simple. El tribunal ha señalado que no fue posible acreditar que el resultado de muerte, el lamentable fallecimiento de don Milton Urra, las lesiones ocasionadas a don Daniel Achivuri y don Juliano Mora no fueron resultado de la conducción en estado de ebriedad por parte del imputado y por lo tanto en esa parte de la acusación fue absuelto”, explicó el fiscal de la causa Jorge Calderara.

En tanto, el defensor del acusado, abogado Matías Khunsmüller, señaló estar tranquilo y que el fallo refleja lo que plantearon desde el inicio del proceso. “Estamos tranquilos con este veredicto porque primó la tesis que nosotros planteamos y que no solo planteamos nosotros, sino que hicimos eco de lo que plantearon técnica y científicamente los peritos más calificados”, sostuvo el profesional, quien agregó: “Ellos (los peritos) señalaron que la causa básala del accidente se produjo por una maniobra imprevisible y en retroceso del señor Urra que es muy lamentable).

El querellante Mencarini dijo estar “apenado” por la resolución del tribunal. “El veredicto fue absolutorio respecto de la muerte de Milton. Ese hecho quedaría impune y será condenado por manejo en esta de ebriedad simple. Que pena tengo por esto”, declaró el profesional.

Si bien la sentencia por el manejo en estado de ebriedad estaba prevista para el próximo 22 de abril, este quedó suspendido debido a un recurso presentado por abogado defensor Khunsmüller, en el Tribunal Constitucional en torno a la imposibilidad de entregar beneficios a imputados por manejo en estado de ebriedad. Las juezas definieron suspender la lectura de sentencia hasta que el mencionado recurso no se resuelva.

Comenta la noticia
Metanoia TV