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Fiscal de alta complejidad incluye caso de departamentos Manitoba en formalización de abogado municipal

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Persecutor Héctor Leiva imputó por prevaricación a Christian Águila y agregó que la actuación del profesional generó un perjuicio económico a la municipalidad por más de $12 millones. Defensa mantiene inocencia del actual funcionario del Departamento de Educación.

PLAZO.- El fiscal Leiva (a la derecha) tiene un plazo de dos meses para acotar la investigación y definir si lleva a juicio a Christian Águila (a la izquierda) por el delito que le imputó. La indagatoria la lleva adelante la PDI.

El fiscal de jefe de la Alta Complejidad del Ministerio Público en La Araucanía, Héctor Leiva, formalizó por prevaricación al abogado de la municipalidad, Christian Águila. Esto, en el contexto del caso generado en la infracción cursada por la Dirección de Obras Municipales (DOM) al empresario inmobiliario José Miguel Martabid, quien solicitó un permiso de construcción por una casa de 260 metros cuadrados y terminó edificando una obra de más de 3000 metros cuadrados. El hecho fue denunciado por la directora de Obras de la época, Lorena Fuentes, luego de que Águila llegara a un acuerdo en el Juzgado de Policía Local (JPL) que —según Fuentes— favorecía más a la parte denunciada que a la misma municipalidad. Pero a esto, el fiscal Leiva le agregó un acuerdo similar en el que el abogado también, según la posición de la fiscalía, habría favorecido a la empresa Manitoba (del consorcio Martabid), la que fue multada por el desvío de un canal en la construcción de unos departamentos a pocas cuadras de Variante Internacional.

Según el fiscal Leiva, en el primer hecho (el avenimiento por la casa), el profesional que ahora se desempeña en el Departamento de Educación Municipal, llegó a un acuerdo con los abogados de Martabid “improcedente e irregular” que implicó, incluso, un perjuicio económico a la municipalidad. “Lo propuesto y convenido por el imputado fue improcedente e irregular, toda vez que la construcción en cuestión no solo infringió lo autorizado por la Dirección de Obras Municipales de Pucón en cuanto a los metros cuadrados que supuestamente tendría la edificación y vulneró la normativa urbanística vigente al exceder el porcentaje de uso de la ocupación del suelo del cinco por ciento de lo permitido, sino que además generó un perjuicio económico al referido municipio, ya que por el permiso de edificación número 102, único vigente a la fecha de construcción, el señor Martabid pagó la suma de $644.943 que correspondía a los 262,91 metros cuadrados, pero la construcción efectivamente realizada correspondía que efectuara un pago de $12.493.350, sin perjuicio de las multas”, explicó el fiscal Leiva en la audiencia telemática realizada la mañana de este viernes 25 de septiembre. El acuerdo, por cierto, fue dejado posteriormente sin efecto por el juez del Juzgado de Policía Local (JPL) de Pucón, ya que lo consideró “contrario a derecho”.

El canal desviado

Sobre el segundo hecho, el persecutor explicó el contexto que apuntaba a que en febrero de 2019, el mismo Águila presentó en el concejo municipal un convenio con la empresa Manitoba que apoyaba la construcción de un complejo de departamentos destinados a la vivienda social y clase media. Leiva explicó que en abril de ese año, funcionarios de la DOM fiscalizaron la obra y la infraccionaron por intervenir un canal sin los permisos correspondientes de la Dirección General de Aguas (DGA). Esta causa, por cierto, también llegó a una audiencia en el JPL en el que Águila y los abogados de la empresa llegaron a un acuerdo, calificado por el fiscal como “improcedente”, en el que Manitoba se comprometía a no intervenir el canal mientras no se obtengan los permisos correspondientes y se estableciera un protocolo con la Dirección de Aseo, Ornato y Medio Ambiente (Daoma) de la municipalidad. 

“Dicho acuerdo, pese a ser improcedente en esta etapa procesal y contraria a los intereses municipales, toda vez que el canal en cuestión ya había sido intervenido y tal protocolo de intervención acordado con la Dirección de Aseo, Ornato y Medio Ambiente no era el trámite administrativo procedente, fue aceptado y coordinado por el imputado Águila González, siendo en definitiva por el juez subrogante”, sostuvo Leiva.

El persecutor agregó que en una audiencia posterior, el 26 de junio de 2019, el abogado Águila, en los hechos, ratificó el acuerdo y explicó en el JPL —según la versión de la fiscalía— que la empresa no había intervenido el cauce del canal: “Nuevamente lo propuesto y convenido por el imputado fue improcedente e irregular, toda vez que la empresa denunciada ya había intervenido el cauce en cuestión sin obtener los permisos de las entidades respectivas porque la infracción ya había sido cometida, lo que había sido constatado por la Dirección de Obras Municipales e evidenciado en el expediente respectivo”.

En este contexto Leiva solicitó al Juzgado de Garantía de Pucón la medida cautelar de arraigo nacional en contra del abogado, quien también es investigado por manejar en estado de ebriedad en horario de toque de queda; lo que fue aceptado por la defensa. El tribunal, además otorgó un plazo de dos meses de investigación; período en el cual el Ministerio Público deberá reunir las pruebas para un eventual juicio oral en el que se definirá la inocencia o culpabilidad del abogado y uno de los asesores más cercanos al alcalde Carlos Barra. También la fiscalía podría dar la posibilidad de un procedimiento abreviado e, incluso, no perseverar si considera que la evidencia recolectada por la PDI no es sólida para mantener la imputación.

Manuel Ibarra, abogado defensor del imputado, mantuvo la posición de inocencia de su representado e hizo foco en que el delito (prevaricación) no está entre los que debería investigar una Fiscalía de Alta Complejidad (Fiac) como la que lidera Héctor Leiva. “Llama la atención de que este delito sea conocido por la Fiscalía de Alta Complejidad siendo que por un propio instructivo del fiscal nacional este delito no estaría inmerso en los delitos de especialidad, ya que los delitos de alta complejidad relacionados con el tema aparecen solamente en la prevaricación judicial y la prevaricación administrativa, pero este delito de prevaricación de abogado no está en ningún caso”, explicó Ibarra, un experto en derecho penal de la capital. El profesional, además, agregó: “Los hechos que se comunicaron hablan de que la municipalidad habría sufrido algún perjuicio respecto a la actuación de nuestro representado lo que es absolutamente falso, ya que la municipalidad aplica multas o sanciones, si se revocó el avenimiento, la municipalidad puede en cualquier momento puede cobrar esa multa”. Ibarra sostuvo que lo más probable es que la fiscalía desista de la imputación.

La audiencia completa

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