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Feriantes de Newen Mapu ganan recurso a la municipalidad en la Corte de Apelaciones y evitan, por ahora, desalojo con Carabineros

- Tribunal temuquense dio la razón a los locatarios y sostiene que la acción de la administración pública local que propiciaba la salida forzada de los recurrentes fue “ilegal” y “arbitraria”. El caso podría llegar a la Suprema.
Un primer triunfo judicial obtuvieron los miembros de la feria Newen Mapu que interpusieron un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Temuco. La idea de la acción era detener un inminente desalojo con la fuerza pública, ordenado por la municipalidad debido al término del contrato de arrendamiento del recinto propiciado por las deudas que tenían los feriantes. Y si bien en primer instancia existió una orden de no innovar que permitió que los comerciantes se mantuvieran en sus puestos; en las últimas horas se conoció que el tribunal de alzada dio la razón a los argumentos de los comerciantes (en su mayoría mujeres) en torno a que la municipalidad no tenía la facultad de ordenar desalojos, sino que debía hacerlo por los canales establecidos por la Ley. Es decir, a través de una causa judicial en el juzgado local.
La historia de la feria Newen Mapu partió hace cerca de diez años cuando la municipalidad, liderada por el alcalde Carlos Barra, impulsó una política pública que apuntaba a sacar los carritos de artesanías que se instalaban en el sector de la plaza. Para eso, la administración pública local arrendó el antiguo galpón que la familia Eltit tiene en la calle Ansorena, a pocos metros de la avenida O’Higgins. El lugar fue adecuado para la instalación de cerca de 40 stand de artesanía, productos locales y comida. Todo esto con un arriendo de bajo costo para los locatarios. Pero pasaron los años y el tema se complicó, principalmente por la pandemia y la crisis económica que vive el país y Pucón como destino turístico. Por lo mismo, los locatarios comenzaron a incumplir con el pago de los arriendos y la deuda, según la municipalidad, bordeaba los $60 millones.
Debido a lo anterior, y a un mandato de la Contraloría que decía que el municipio no podía asumir la deuda de las mujeres y pagar con recursos propios al arrendador original, el contrato con los Eltit terminó el pasado 31 de agosto. Y en ese contexto fue que la municipalidad dió un plazo acotado (cinco días) a los locatarios para que salieran del lugar. De lo contrario, utilizarían la fuerza pública (Carabineros). El fallo sostiene que la administración pública local no puede autotutelarse y ordenar discrecionalmente un desalojo. Debe, necesariamente, pasar por un tribunal de la república como cualquier ciudadano. De hecho, la resolución señala que el municipio cometió un acto “ilegal” y “arbitrario”.
“El oficio N° 1223 de fecha 30 de agosto de 2023, suscrito por don Carlos Olave Solar, Alcalde subrogante, mediante el cual solicita la entrega del inmueble arrendado a los recurrentes en un plazo de cinco días corridos, con auxilio de la fuerza pública, constituye un acto ilegal y arbitrario; ilegal, por cuanto contraviene los procedimientos establecidos en la citada ley N° 18.101 para poner término a un contrato de arrendamiento, y arbitrario desde que la autoridad comunal se arroga facultades jurisdiccionales que están radicadas en los tribunales que indica la ley”, se lee en el fallo.
En ese contexto es que la corte acoge el recurso interpuesto por los abogados Edmundo Figueroa y Cristian Águila. Desde la municipalidad, en tanto, señalaron que lo más probable es que subieran el caso a la Corte Suprema.