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Rodrigo Ortiz pone un recurso de protección en contra de concejales que promovieron su salida

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Si bien la Corte de Temuco declaró admisible la acción judicial no otorgó la orden de no innovar solicitada por el ex administrador, quien acusa que la acción de remoción fue “ilegal y arbitraria”.

NO INNOVAR.- La Corte temuquense no otorgó la orden de no innovar solicitada por Ortiz, la que habría devuelto al ex administrador a su cargo perdido la semana pasada.

Definitivamente es la novela política que marca el inicio de 2022 en Pucón. Al menos así se ve desde fuera la remoción mediante votación mayoritaria del concejo del administrador municipal, Rodrigo Ortiz. Y hay un nuevo elemento que es necesario agregar a la controversia: un recurso de protección que interpuso el (ahora) ex administrador municipal en contra de los cinco concejales que promovieron su salida (Ricardo Cortés, Claudio Cortez, Verónica Castillo, Daniela García y Armin Avilés).

Según el documento que se encuentra en el página web del Poder Judicial, Ortiz alega que el acto fue ilegal y arbitrario; además que adolesce de elementos de forma. Uno de los puntos cuestionados por Ortiz apuntaba a que el concejal del PC Ricardo Cortés leyó una carta en la que se pedía la salida del administrador intempestivamente y sin poner la misiva en la tabla con, al menos, 48 horas de anticipación tal como lo exige el reglamento del concejo. 

“La ilegalidad era notable, por parte del incumplimiento de los deberes de los concejales electos, quien luego de escuchar dicha carta, provocar la discusión en sala, sumada a la inexperiencia del Secretario Municipal Subrogante, procedió el señor Alcalde como lo expresé anteriormente, a solicitar la votación, a pesar de no estar en nada de acuerdo con tamaña irregularidad y arbitrariedad”, se lee en el documento en el que luego se agrega: “Desde esa perspectiva, a mi juicio S.S. Iltma., la remoción del cargo que he sido objeto, sólo se fundamenta en un bajo ataque de carácter político, en contra de la autoridad Comunal, esto es, en contra de Don Carlos Reinaldo Barra Matamala, quién no sólo fue electo popularmente en las elecciones del año 2021 al período 2024, sino que ha desempeñado el cargo de Alcalde desde el año 2012, y anteriormente desde el año 1994 al año 2008, donde Pucón en su totalidad, como destino turístico nacional e internacional innegable, habla por sí sólo, de la gestión de dicho edil, y si equipo de confianza del cual formo parte desde sus inicios”.

Según el recurso, el nuevo concejo comunal está tratando de cumplir funciones públicas que no le corresponden: “El desempeño de este nuevo concejo municipal, no sólo esta tratando de administrar a su conveniencia la comuna, si no que a la vez, pretenden ejercer funciones públicas que no le corresponden, caminando sobre la línea delictual en cuanto a ejercicio de sus cargos, a tal extremo que desde que asumieron, ha habido una seguidilla de denostaciones y descalificaciones, malos tratos, gritos, a todos los directivos de confianza del señor alcalde de la comuna de Pucón, con el sólo objeto político de debilitar su gestión pública”.

Sobre los temas de fondo en los que se sustentó la carta de solicitud de remoción, Ortiz —obviamente— también los rechaza en el recurso presentado: “Los concejales recurridos, dieron entrevistas a medios electrónicos locales, y a medios televisivos locales, donde me imputan responsabilidad en hechos absolutamente carentes de fundamentos, carentes de legalidad, y por lo demás falsos, ya que jamás por ejemplo, ha existido sanción administrativa de parte de Contraloría General de la Araucanía, respecto del citado Informe 153 de mayo del año 2021, lo que muestra que la motivación de fondo de su acuerdo, es distinta al mejoramiento de la gestión y búsqueda del bien común, de modo que abusan en forma ilegal y arbitraria de la facultad que les confiere el artículo 30 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades”.

Por las razones anteriores y otras que establece el recurso, Ortiz señala que el proceder de los concejales es arbitrario: “El acto recurrido carece de fundamentos racionales, lo que le erige en una medida arbitraria, por cuanto abusa de la facultad legal excediendo sin fundamentos, del objetivo perseguido por la reforma legal de crear un nuevo instrumento que debe ser ejercido de manera razonable y objetiva, con un claro sentido de bien común y buena marcha del servicio. En consecuencia, el acto impugnado carece de motivación”.

El recurso incluía una solicitud de orden de no innovar, la que minutos antes del cierre de esta edición fue respondida negativamente. Es decir, si bien el tribunal declaró admisible la acción judicial, no le dio a Ortiz la solicitud de mantener todo en el mismo estado que hasta antes del concejo donde fue removido. Por lo mismo, se mantiene vigente el decreto firmado la mañana de este martes por el alcalde Carlos Barra, en el que se le daba curso a la remoción.

El recurso

Si quieres acceder al recurso interpuesto por Rodrigo Ortiz, haz click en la carátula de la acción que está más abajo y baja el documento en PDF.

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