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Lorena Fuentes rompe el silencio: “La fiscalización nunca fue un asunto estratégico de real interés para la administración comunal”

- La ex directora de Obras de la municipalidad responde preguntas a LVP y profundiza sobre las causas y elementos de fondo que, a su juicio, generaron el denominado “boom” o “desorden inmobiliario” en Pucón. Según ella, la unidad que dirigía “no se mandaba sola” y acusa que nunca tuvo los recursos necesarios para ejercer con fuerza el cumplimiento de las normas; simplemente porque no estaba dentro de la política local de desarrollo el hacerlo. “La justicia tarda pero siempre llega”, dice.
La arquitecto Lorena Fuentes fue por casi 20 años la directora de Obras de la municipalidad de Pucón. Y fue en este período en el que la comuna vivó un desarrollo inmobiliario con altos niveles de inversión que, en los hechos, ayudó al desarrollo comunal; pero también generó una serie de complicaciones. Esto, debido al desorden y la falta de planificación para soportar la alta demanda de servicios que este crecimiento traía consigo. Lo anterior, sin contar el deterioro ambiental que vivió la comuna y que tiene en el lago Villarrica a una de sus principales víctimas.
Por lo mismo, la Contraloría General de la República (CGR) inició un proceso investigativo que arrojó una serie de irregularidades en torno al otorgamiento de permisos de edificación y falta de fiscalización a las construcciones en el borde del principal cuerpo de agua de la comuna. Y esta indagatoria terminó con una sanción a la profesional, quien trabaja ahora en la municipalidad de Lo Barnechea. Pero Fuentes se defendió y llevó su caso hasta la Corte Suprema, la que le dio un importante triunfo que, en los hechos, obliga a la municipalidad local y al alcalde Carlos Barra a pronunciarse sobre los argumentos y descargos que Lorena Fuentes plantea sobre este tema. Ahora, por primera vez, la arquitecto accedió a responder las preguntas de LVP; las que fueron hechas a travéas de su abogado, Roger Mariangel, a través de correo electrónico. A continuación las respuestas al cuestionario periodístico.
— ¿Cómo interpreta el fallo de la Corte Suprema en su caso?
“Los fallos de los Tribunales no se interpretan sólo se cumplen; pero evidentemente que es satisfactorio que la Corte Suprema, en forma unánime, haya confirmado lo que antes resolvió la Corte de Apelaciones de Temuco al acoger el recurso de protección presentado en contra de la municipalidad de Pucón por haberme sancionado en forma ilegal y arbitraria, como consigna el fallo. En concreto, el alcalde Carlos Barra tendrá que pronunciarse en forma fundada sobre el recurso de reposición interpuesto, debiendo hacerse cargo de los hechos expuestos por mi defensa, especialmente de las alegaciones que demuestran que la labor de fiscalización ejecutada, con los escasos recursos humanos y materiales disponibles, obedeció a una política comunal de larga data en que siempre se privilegió el desarrollo inmobiliario, el otorgamiento de permisos, por sobre la función inspectiva y esa verdad que ha sido ignorada u ocultada por las autoridades comunales deberá ahora ser abordada en detalle al conocer y resolver el recurso de reposición. Ya no valdrá la omisión sino que derechamente todos los actores, según sus competencias, deberán asumir sus ‘velas’ en la realidad que quisieron enterrar y que sólo me atribuyeron a mi como única y exclusiva responsable. La justicia tarda pero siempre llega”.
— ¿Cómo asume los cargos que le imputa la Contraloría (luego del informe Nº60) en torno a la responsabilidad en la falta de fiscalización en las edificaciones del borde del lago Villarrica?
“En cuanto al informe N°60 de 2020 de la Contraloría, como proceso administrativo ya está concluido. En lo personal, para mi es una etapa cerrada, sometida a la conclusión de algunos actos procesales que, por la lentitud del sistema jurídico, todavía no está del todo finalizado, pero donde se ha venido dejando en evidencia que mis decisiones y actuaciones como funcionaria pública siempre fueron conforme a la probidad, pese a lo que muchos han pretendido ‘deslucir’ por desconocimiento o por conveniencia”.
— ¿A su juicio cómo se extrapola esta falta de fiscalización que acusa la Contraloría en el borde lago en el resto de la comuna?
“La Dirección de Obras (DOM), hasta antes de la publicación del Informe de la Contraloría no contaba con los recursos humanos, tecnológicos ni presupuestarios necesarios para ejecutar planes de fiscalización permanentes y hacer su seguimiento judicial respectivo. Por consiguiente, la fiscalización que se realizaba era de manera esporádica y para cursar las denuncias formales de terceros. La dinámica propia de la producción de viviendas irregulares y construcciones en general no es una realidad ajena para los diferentes territorios del país y, por lo mismo, genera un déficit de fiscalización permanente. De ahí que el Estado dicta cada cierto tiempo ‘leyes del mono’ o de regularización, que lejos de desincentivar la informalidad, la organiza”.
— ¿Según usted, cuál es el fondo de la acusación de Contraloría en torno a la falta de fiscalización?
“En lo formal, la auditoría estuvo orientada a revisar el otorgamiento de permisos de edificación y recepciones definitivas entre los años 2017 y 2018 en la municipalidad de Pucón. Si bien este tipo de auditorías se practican con cierta frecuencia a nivel país, las realizadas en Pucón y Villarrica se iniciaron post emisión de un reportaje de Chilevisión. Coincidencia o no, en Pucón nunca antes la Contraloría realizó una auditoría de este tipo en los casi 20 años que estuve como directora. Sólo realizaron contadas revisiones de casos específicos con motivo de alguna denuncia o reclamo de un tercero y en ninguno de ellos reportaron observaciones negativas a los procedimientos de otorgamiento de permisos examinados”.
— Cuándo usted apunta a las responsabilidades de las autoridades políticas ¿a qué se refiere en específico?
“Hay varios aspectos que considerar: las posibilidades de actualizar los instrumentos normativos de planificación territorial (IPT) —el Plan Regulador Intercomunal (PRI) de 1978 y el Plan Regulador Comunal (PRC) de1994 — están una vez más estancadas, en el mismo bucle de inactividad por falta de definiciones normativas por parte de los organismos sectoriales llamados a dictar y concertar normas o disposiciones de carácter general en este ámbito en beneficio del interés público, y la falta de un esfuerzo estratégico de parte de la autoridades locales para asumir la responsabilidad de actualizar su PRC con recursos propios, con toda su complejidad técnica y presupuestaria que implica”.
“En lo relacionado con el riesgo volcánico, después del gran esfuerzo técnico y presupuestario que significó a nivel regional realizar el ‘Estudio Construcción mitigación riesgos volcánicos y geológicos asociados, comuna de Villarrica, Pucón y Curarrehue, Región de la Araucanía’ (2015), elaborado por el Instituto Nacional de Hidráulica (INH) por mandato del MOP. Las autoridades regionales y locales participantes no divulgaron los resultados, y tampoco le dieron continuidad presupuestaria a las medidas que se proponían en él. De hecho, a la modificación del PRI Villarrica-Pucón aprobado mediante la resolución N°43, de 2018, del Gobierno Regional de La Araucanía, la Contraloría observó entre otros aspectos, la falta de un estudio fundado de riesgo que justificara el establecimiento de las áreas de riesgo. Es decir, las áreas de riesgo propuestas no se basaron en dicho estudio. La municipalidad de Pucón tampoco lo consideró para la elaboración de su actual plan comunal de emergencia”.
“En otro orden, los pronunciamientos que emite la seremi de Vivienda equivalen a instrucciones para la Dirección de Obras Municipales (DOM). Pues bien, en el informe de la Contraloría quedó en evidencia la marcada diferencia de interpretación que hacen de las normas la misma Contraloría respecto de la Seremi. Pese a ello, y al carácter vinculante de varias de esas interpretaciones en la tramitación y otorgamiento de permisos, no hay consecuencias administrativas para la seremi cuando excede sus facultades interpretativas y compromete el cumplimiento normativo, a diferencia de la DOM, que queda en medio de esa disputa muchas veces extemporánea y sin solución”.
“Lamentablemente, esto no es infrecuente a nivel nacional. Y a nivel local, alguno de los pronunciamientos de la seremi de Vivienda y Urbanismo esenciales en el otorgamiento de permisos, que objetó la Contraloría en su informe del 2020 son el ORD. N°000100/2006, respecto a los proyectos con sistema particular de agua potable y alcantarillado; y el ORD. N°0897/2010, mediante el cual informó favorable la propuesta de asignación de condiciones de edificación de la ‘zona de vivienda’ a las ‘zonas de áreas verdes y playa’ del PRI, elaborada por el asesor de la Secplac de la época, y aprobada por el Concejo Comunal (sesión extraordinaria N°118, del 2010). La ‘Zona C’ (ubicada entre Pucón y Villarrica) del PRI, para la seremi es área urbana desde el año 1978 y para la Contraloría es área rural desde el informe del 2020”.
“Actualmente, la preeminencia de la Contraloría en la interpretación de las normas urbanísticas evidencia la falta de un criterio único a este nivel y una potestad reglamentaria en entredicho, que genera incertidumbre, y a nivel local no está facilitando el proceso de actualización del PRC e incluso puede debilitar la fiscalización. El mejor ejemplo de ello es el caso Martabid, que probablemente no se resolverá por la vía administrativa sino por la vía judicial. La fiscalización nunca fue un asunto estratégico de real interés para la administración comunal, por los costos presupuestarios, políticos y sociales que conlleva realizarla regularmente y ejecutarla en todas sus etapas (incluida la demolición). Ejemplo de ello es el caso de Inmobiliaria Lomas del Alto que se menciona en la reposición ingresada al municipio y el caso Martabid que se vio afectado en sus inicios por agentes internos del mismo municipio”.
— ¿En quienes personifica esa acusación?
“Entender los acontecimientos únicamente a través de las personas que ocasionalmente ocupan los cargos públicos, no favorece la toma de conciencia de los hechos y sus circunstancias”.
— ¿En el fondo considera usted que Pucón vivió un crecimiento desordenado inmobiliariamente hablando?
“A nivel de prensa se habla indistintamente de ‘boom inmobiliario’ y de ‘desorden inmobiliario’. El llamado ‘boom inmobiliario’ en Pucón no es un fenómeno reciente, y se relaciona con el desarrollo inmobiliario formal, principalmente de segunda vivienda en la comuna, que efectivamente tuvo un crecimiento explosivo hacia el 2004-2008. Es, básicamente, un desarrollo que utiliza la normativa urbanística imperante: DFL N°2, art.55° LGUC (que entrega a la seremi la fiscalización para que la subdivisión y edificación en predios rurales no se conviertan en nuevos núcleos urbanos) y los instrumentos de planificación territorial”.
“Luego tenemos otro ‘boom’, conformado por el mercado de venta de acciones y derechos a través del mecanismo legal de cesión de derechos; los saneamientos de dominio practicados a través del ministerio de Bienes Nacionales en la periferia urbana y en áreas de riesgos, la mayoría de ellos para regularizar ventas de acciones y derechos; y la aplicación a demanda del D.L. 3516 (que permite subdividir predios rústicos), incluso en las porciones del delta del río Trancura. Esta otra variante del ‘boom’, también se ampara en la legislación vigente. La suma de lo anterior, además de la baja inversión en infraestructura y servicios públicos estratégicos, ha producido una saturación de la estructura urbana y un deterioro sostenido del paisaje comunal y la calidad urbana de la comuna. Este es el desorden urbano que identifico. Por lo tanto, el ‘desorden inmobiliario’ del que se viene hablando es multicausal, y sobrepasa al tema de las construcciones sin permiso de edificación o sin recepción municipal, que son al fin y al cabo en un gran porcentaje de los casos, la expresión final de algo que sucedió previamente sin la debida regulación”.
— ¿Cuál considera es su responsabilidad en todo esto en su rol de ex directora de Obras?
“La responsabilidad administrativa en el cumplimiento de las funciones definidas en la Ley General de Urbanismo y Construcción (LGUC). La capacidad administrativa de responder a cada una de estas obligaciones estaba en directa relación con las condiciones en las cuales ejercí el cargo: cantidad, calificación y calidad contractual del recurso humano destinado a la DOM; los recursos materiales asignados; la anexión de otras funciones y tareas no propias de la DOM. El fortalecimiento de los procesos de gestión y la obtención de resultados es responsabilidad de la administración comunal en su totalidad”.
— ¿Cuál es su autocrítica, si es que existe alguna, en todo este entramado?
“La ‘autocrítica’ me la hicieron otros hace rato y como un espectáculo público de patadas en el suelo. Pero todo esto tiene que ver con la función pública y con actores públicos, y no tengo conocimiento de una autocrítica colectiva al respecto, que es la forma en que debe procesarse este asunto. La autocrítica individual la practico sin necesidad de replicar hechos noticiosos y la comparto en espacios de respeto”.
— ¿Considera que se la usó como una especie de “chivo expiatorio” en todo este proceso?
“Sí porque se omiten deliberadamente las variables que originan y perpetúan el problema. Y porque como señalé en mi reposición, resulta impresentable, antojadizo y contrario a la verdad sostener que por casi 20 años —particularmente 16 de los cuales el alcalde de la comuna es la actual autoridad comunal—, nada se hizo en fiscalización del borde costero de Pucón o se toleró un ‘boom inmobiliario’ sin Dios ni ley por el que al final sólo se sancionó a la DOM como si se mandase sola o fuera una isla independiente que hacía lo que quería al margen de las políticas y orientaciones de la gestión municipal”.