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Tricel rechaza impugnación de Blanca Beraud y Carlos Barra puede postular nuevamente a la alcaldía

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En un fallo dividido el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) decidió que el actual jefe comunal está habilitado para una nueva reelección en abril próximo. Concejal Inzunza, en tanto, fue imposibilitado de competir por el mismo organismo.

CAMPAÑA.- Barra debe ahora prepararse para la campaña en terreno que partirá una vez que suspenda su acción como alcalde el próximo 11 de marzo. (Fotografía de archivo).

La campaña por el sillón edilicio en Pucón vuelve a su estado original. Esto, porque pasado el impacto político generado por el Tribunal Electoral Regional (TER) que dejó fuera la candidatura del actual alcalde de Renovación Nacional (RN) Carlos Barra, luego de que fuera impugnada por la aspirante de la Democracia Cristiana (DC); el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) acogió la apelación del actual jefe comunal y revocó la decisión del TER del pasado dos de febrero. Es decir, Barra podrá postularse a un nuevo período como primera autoridad para Pucón en las próximas elecciones del 12 de abril. 

El fallo, —que tuvo el carácter de dividido (tres votos a dos)— acoge los alegatos de la los abogados defensores de Barra (Rodrigo Flores y Marcelo Brunet) en torno a que la Ley que cambió la norma y que, en los hechos, prohibe las reelecciones indefinidas de alcaldes y parlamentarios, no puede aplicarse retroactivamente. Por lo mismo, a Barra se le debe contar solo desde que asumió nuevamente el cargo en 2012. Así las cosas, el actual jefe comunal solo tiene una reelección en el cargo (2016-2020) por lo que puede ir nuevamente por el sillón edilicio de Pucón en una última reelección, al menos para este período. 

“Aparece claro que, luego del periodo 2008 a 2012 —en que el candidato no sirvió el cargo—, el lapso siguiente iniciado el año 2012 para regir hasta el 2016, corresponde inequívocamente a una elección, y luego, al ser electo para el período 2016 a 2020 contabiliza a su haber una primera reelección, de modo tal que, contrariamente a lo declarado en primera instancia, sí le asiste el derecho a postular y ser declarado candidato para una segunda reelección, como lo determinó el Servicio Electoral al proceder al examen de sus antecedentes”, se lee en el fallo conocido en la madrugada de este martes. 

En ese contexto, los ministros concluyen: “En consecuencia, ni de la finalidad de la modificación introducida al artículo 118 de la Constitución Política de la República, claramente manifestada en la propia ley, ni de su tenor literal, ni del sentido natural y obvio de sus términos, así como tampoco de la historia de su establecimiento es posible arribar a la conclusión que plantea la parteimpugnante en la presentación que dio origen a estos autos”.

Por lo anterior, el fallo sostiene: “Por estos fundamento y normas legales citadas se revoca la sentencia de dos de febrero de dos mil veintiuno escrita a fojas 46 y siguientes, y en su lugar se declara que se rechaza la impugnación interpuesta por don Luis Iván Martínez Pezo, en representación de doña Blanca Eugenia Beraud Fernández, candidata a alcalde por la comuna de Pucón por el Partido Demócrata Cristiano, en contra de la resolución O N° 002, de 21 de enero de 2021, del Director Regional del Servicio Electoral de La Araucanía, manteniéndose lo decidido por esta autoridad administrativa, en relación con la aceptación de la declaración de la candidatura de don Carlos Barra Matamala, a alcalde de la comuna de Pucón, por el Pacto Chile Vamos, Renovación Nacional”.

El fallo contó con los votos a favor de los ministros Rosa Egnem Saldías, Juan Eduardo Fuentes Belmar y Jaime Gamuri. En contra lo hicieron Ricardo Blanco Herrera y Jorge Dahm Oyarzún. Estos últimos acogieron los argumentos del abogado Luis Martínez Pezo (representante de Blanca Beraud) en torno a que se le debía tomar en cuenta el período anterior entre 1994 y 2008 a Barra. Además que el espíritu de la Ley apuntaba a evitar una eternización en los cargos, lo que es —a juicio de los ministros disidentes— algo negativo para la democracia.

Así las cosas, Carlos Barra, deberá suspender su actividad como alcalde este próximo 11 de marzo para dedicarse a la campaña municipal cuya elección será (posiblemente) en dos días, el 10 y 11 de abril próximo.

Concejal Inzunza

Quien no salió bien parado en su apelación es el concejal RN, Julio Inzunza, quien no podrá postular a un nuevo período. Esto por un error de forma, debido a que si bien ingresó los documentos que faltaban en su inscripción lo hizo fuera de tiempo. Inzunza es el segundo concejal del partido que no podrá postular. El primero fue Natalio Martínez, quien tampoco podrá optar a una reelección por una situación similar a la Inzunza. Por lo mismo, RN irá solo con cuatro candidatos: Cristián Hernández; Jimena Sarzoza, Nancy Alfaro y Claudio Cortez.

El fallo que favorece a Barra

Si quieres bajar y leer el fallo del Tricel solo debes hacer click aquí.

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